Un divorcio nunca es agradable para ningún miembro de la familia, pero sin lugar a dudas, l@s niñ@s son los que más sufren las consecuencias de un divorcio, sobre todo por la cuestión de la sentencia de su guardia y custodia, que casi siempre es motivo de disputa. Por norma general y a fin de garantizar el bienestar de los menores, el régimen que se suele dar es la custodia compartida, que busca la ecuanimidad y la satisfacción de todas las partes.
Las expertas y expertos en materia, aseguran que la custodia compartida es la mejor opción en caso de divorcio, pero, ¿en qué consiste realmente esto de la custodia compartida?
A continuación te decimos todo lo que necesitas saber acerca de la custodia compartida. No pierdas detalle.
Qué es la custodia compartida
La custodia compartida es la disposición legal as través de la cual, en casos de separación o divorcio, los dos padres desempeñan la custodia legal de los hijos e hijas menores, en igualdad de condiciones y con los mismos derechos. Este es un concepto distinto al de la patria potestad, que atribuye los derechos y deberes de los progenitores en cuestiones de educación, cuidados y protección de los hij@s. En cambio la custodia solo tiene en cuenta quién vive y cuida a los menores. Casi siempre la patria potestad es compartida en los procesos de ruptura, si bien es cierto que se dan algunas excepciones. Por ejemplo, si se demuestra que el padre o la madre no ha cumplido con sus obligaciones como padres, entonces, una sentencia puede privarles de la patria potestad. De todas formas, repito, este tema no tiene nada que ver con el de la custodia.
Para distribuir la custodia, no hay una única fórmula, sino que esta varía en función de los casos, ya que el Código Civil no contempla este régimen. Por lo tanto, el régimen varía en función de las circunstancias. Pero lo más normal es el sistema de custodia compartida semanal. Se trata de que l@s hij@s vivan con cada uno de los progenitores por semanas alternas, es decir, una semana con la madre y otra con el padre, pudiendo hacerlo en la casa de estos, o bien, manteniendo una residencia fija para los más peques, y trasladándose los padres durante la semana que les toque residir con ellos.
La recogida y entrega de los menores se realiza en el colegio, en casa o bien en un lugar neutral, acordado previamente por la expareja. Así, aunque el padre o la madre no tengan la custodia del peque esa semana, pueden verlos durante ese tiempo.
En la custodia compartida ninguna de las partes ha de dar a la otra una pensión por alimentos, y cada una de las partes se hará cargo de los gastos ordinarios que los hijos originen durante la semana que les toque vivir con ellos. En cuanto a los gastos comunes, como pueden ser actividades escolares o deportivas, el padre y la madre deben abrir una cuenta común en banco donde ingresen una cantidad dividida en dos, en caso de que ambos tengan ingresos parecidos o proporcionales, si existen grandes diferencias. De esa cuenta se extraerán todos los gastos generales, no incluidos en una semana determinada.
La custodia compartida depende del tipo de divorcio y su funcionamiento varía en función de los casos, dependiendo de si el divorcio es de mutuo acuerdo o no. En función de esto se gestionará de una manera u otra.
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, los padres deben determinar sobre quién recae su guarda y custodia. Si es compartida, el padre y la madre declararán sus intenciones y un Juez aprobará o no el convenio, vigilando que no haya defectos de forma, que se rige por la razón y que garantice los derechos del menor.
Si el divorcio es sin acuerdo, el Juez, a instancia de una de las partes, y con informe favorable del Ministerio Fiscal, será quien determine la guarda y custodia compartida. Puede usar las declaraciones del menor a fin de tomar una decisión.